El Área Recreativa del Puerto de Canencia se encuentra a 1.524 metros de altura sobre el nivel del mar, está situado en la Sierra de la Morcuera, entre los municipios de Canencia y Miraflores de la Sierra y siendo un paraje natural en el que abundan los pinos silvestres.
Cuenta con una amplia zona de aparcamiento, una zona de recreo, una fuente y todo lo necesario para disfrutar de la naturaleza.
Desde el propio aparcamiento se inicia la ruta que llega hasta la Chorrera de Mojonavalle https://www.sierranortemadrid.org/senda-sestil-del-maillo-y-mojonavalle/ y desde la que se disfruta de este espacio natural de singular belleza.
Además de la ruta comentada anteriormente, existen otras muchas, como Puertos de la Morcuera y Canencia https://www.sierranortemadrid.org/puertos-de-la-morcuera-y-canencia/ , una completa ruta que une el Puerto de la Morcuera y el Puerto de Canencia y que nos permite adentrarnos en la zona Este del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
Término municipal: Canencia. [Cómo llegar]
Dirección: M-629, Puerto de Canencia.
Calidad del Acceso: BUENO
DURANTE TODO EL AÑO está PROHIBIDO producir y utilizar fuego en cualquier tipo de operaciones o actividades, así como utilizar fuego para cocinar o calentarse, salvo autorización expresa en los casos establecidos.
> INFOMA. DECRETO 59/2017 DE 6 DE JUNIO
Una actitud responsable en las salidas al campo
– NO enciendas hogueras ni utilices barbacoas portátiles, llévate la COMIDA PREPARADA de casa. Durante todo el año está prohibido hacer y utilizar fuego en cualquier tipo de operaciones o actividades, así como usar fuego para cocinar o calentarse, salvo autorización expresa en los casos establecidos.
– NO tires colillas ni vidrios.
– NO abandones basuras. Utiliza los contenedores.
– NO cortes o arranques plantas, ramas, frutas o leña de cualquier sitio sin la autorización correspondiente.
– NO inquietes, alimentes o causes daño al ganado.
Evita producir molestias a los animales silvestres.
– RESPETA los cercados dejando las vallas de cierre en la misma posición en que se encuentran.
– ESCUCHA a la Naturaleza. Evita el ruido producido por radios y otros aparatos sonoros.
– NO CIRCULES por las pistas forestales salvo que estés autorizado para ello. Estaciona en las zonas señalizadas. La legislación prevé sanciones de 100 a 1.000 euros.
– La ACAMPADA libre está prohibida en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, sólo se puede realizar en terrenos debidamente delimitados y acondicionados (”campings”).
– Zonas de BAÑO: sólo te puedes bañar en las zonas catalogadas como aptas, bañarse en zonas desconocidas o en las que esté prohibido el baño puede ocasionar numerosos riesgos para la salud. El período de baño es de 15 de mayo a 15 de septiembre.
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